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Fallos: 206:136 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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136 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Aéreos Cruzeiro Do Sul Limitada" de la infracción imputada en este sumario de Aduana 132-B-1944. — Ricardo Villar Palacio. — Carlos Illerrera. — Horacio García Rams.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 23 de octubre de 1946.

Autos y Vistos: la presente queja que por denegación del recurso extraordinario se deduce en los autos "Servicios Aéreos Cruzciro Do Sul Limitada, Aduana 132-B-1944', y Considerando:

Que durante la tramitación del juicio el Ministerio Fiscal ha enestionado el alcance a atribuirse a los arts, 998 y 1056 de la ley 810 y en tales condiciones el recurso federal intentado debe prosperar —art. 14, inc.

3", de la ley n° 48.

En cuanto al fondo del asunto por ser innecesaria mayor substanciación:

Que dicho recurso se refiere sólo a la inteligencia de los arts, 998 y 1056 de las Ordenanzas de Aduana, pues el recurrente objeta que disponiéndose en el primero el decomiso de los frutos del país embarcados sin obtener el boleto correspondiente, abstracción hecha de que deban o no pagar derechos de exportación, no cab eximir de la sanción en ejercicio de la facultad acordada por el art, 1056 fundándose en que la omisión fué involuntaria y en que, de haber pasado desapercibida no hubiera causado perjuicio fiscal. Conviene —° dejar constancia en este punto que la omisión del permiso previo de exportación, impuesto por el decreto

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Año: 1946, CSJN Fallos: 206:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-206/pagina-136

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