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Fallos: 204:572 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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Considerando:

Que el recurso extraordinario es procedente porque a la resolución del P. E. disponiendo la expulsión de Claudio J. Watjen y a la sentencia que rechaza el recurso de habeas corpus se les objeta comportar una interpretación equivocada de la ley federal 4144 y violación de la garantía constitucional de la defensa (art.

18).

Que según el informe de fs. 7 del 23 de febrero de 1946, Claudio J. Watjen fué detenido por el P. E., no en ejercicio de las facultades que le acuerda el estado de sitio sino "por hallarse encuadrado dentro de las prescripciones establecidas en el art. 2? de la ley n° 4144 de expulsión del país".

Que a fs. 8 el Sr. Juez de la causa desecha el recurso de habeas corpus porque no resulta de autos que el P. E. haya procedido en la emergencia de modo ilegal o arbitrario, pues la expulsión obedece a la resolución VII del Acta Final de Chapultepec.

Que la Excma. Cámara confirma a fs. 11 la decisión del juez remitiéndose a decisiones suyas anteriores en las cuales estableció que, tratándose de la aplicación de la ley 4144, Watjen debió acudir ante el P. E. alegando y probando las razones que tuviere para desvirtuar los cargos hechos contra él, y no ante la justicia mediante un recurso de habeas corpus que bado el estado de sitio sólo podría resolverse autorizando al recurrente a salir del país, que es precisamente lo que procura evitar con el recurso.

Que si la detención fué efectuada en uso de la facultad que acuerda la ley n" 4144 sobre expulsión de extranjeros, —cuya constitucionalidad no está cuestionada en la causa—, para la decisión del recurso de

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Año: 1946, CSJN Fallos: 204:572 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-204/pagina-572

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