bución de la nafta, demuestran con acierto, cómo una política de produeción y de expendio uniforme, se aviene mejor que la acción dispar y discrecional en un negocio que tanto atañe a la economía general del país.
La declaración denegatoria del P. E. no ha tenido Pr sente que, la fusión juzgada como contraria al "orden público", en caso de haberse ejecutado, en nada habría alterado las situaciones de hecho y legales contempladas el propio P. E. en la oportunidad que concedió autorización « de existencia como sociedades anónimas, tanto a la actora como a todas las otras compañías que iban a realizar la combinación de intereses. Esta "expansión de actividades y radio de acción", en nada iba a diferir de las actividades estatutarias (económicas y financieras), que ya al tiempo de los originarios decretos de autorización de dichas compañías, les habían sido reconocidas por el P. E. Una simple ampliación de capitales, para cumplir una coordinación de intereses internos de explotación de varias compañías preexistentes con fines similares para cumplirse dentro de idénticas finalidades estatutarias, no puede calificárscla como contrario al "orden público" ni al ""interés del pueblo", desde que dichas actividades han sido ya declaradas compatibles con dichos conceptos.
En el autorizado comentario del diario "El Mundo" antes citado, que bien puede reputarse como una expresión de la opinión pública argentina, aludiéndose a esta política restrictiva en materia de exploración y explotación del petróleo y sus derivados, se dice lo siguiente: ¿Qué rumbo han seguido, hasta el presente, las exploraciones de petróleo nacional, cnáles son lus medidas de fomento necesarias para acicatearlas hasta cubrir el consumo? En el último decenio la producción fiscal se ha acrecentado de 900.000 a 2.200.000 metros cúbicos, en tanto que las compañías privadas denotan un estancamiento (de 1.200.000 metros cúbicos en 1932 se pasa a 1.300.000 en 1941). De haber podido el esfuerzo privado exhibir iguales Índices de aumento que la Dirección General de Y, P. F., a la fecha no existiría motivo alguno de preocupación ni zozobra, puesto que hubiéramos subvenido, con ereces, a las necesidades de nuestra economía.
"En reiteradas oportunidades nos tocó señalar a quien debía culparse de semejante restricción. La equivocada política gubernamental en materia minera del petróleo, constituyen los antecedentes directos de la actual situación. Y lo eurioso del caso es que la empresa fiscal no vacila en adherir a
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Año: 1945, CSJN Fallos: 203:368
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