E 506 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
he er de servicios y 46 años de edad, según resulta de la documenH tación agregada al expediente administrativo.
bs Consiguientemente, a juicio del suscripto asiste a la señora viuda del causante y a sus hijos menores el derecho a que se les acuerde la pensión que reclama por el fallecimiento de su esposo y padre respectivamente y así se declara.
Por estos fundamentos, fallo: Declarando que la Nación debe otorgar a la actora doña Carmen González de Pardo y a sus hijos menores, la pensión que legalmente les corresponde, Ke en su carácter de viuda e hijos legítimos del causante ex cabo 1? de la Armada D. Vicente Pardo, y abonarles Jas mensualidades adeudadas desde la fecha de su deceso, con intereses desde la notificación de la demanda. Las costas deberán satisfacerse por su orden, atento a la naturaleza de la cuestión debatida y tratarse de un caso de interpretación legal bien discutible, — AlJonso E. Poccard.
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Bs. Aires, 23 de junio de 1944.
Y vistos:
No habiendo sido desconocidos por la demandada los servicios prestados por el Cabo 1? D. Vicente Pardo entre el 26 de agosto de 1926 y el 1° de agosto de 1931, y dada la naturaJeza y forma de los mismos, se confirma por sus fundamentos la sentencia de fs. 34, sin costas. — J. A. González Calderón, — Carlos del Campillo. — Eduardo Sarmiento. — Carlos Herrera.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 17 de septiembre de 1945.
Y vistos: Los de la causa Carmen González de Pardo y otros contra el Gobierno Nacional por otorgamiento de pensión militar; venida a esta Corte por recurso extraordinario interpuesto por el Min, Fiscal contra la sentencia de la Cám. Fed. de la Capital que hizo lugar a la demanda; y
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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:506
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