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Fallos: 202:481 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 12 de setiembre de 1945.


Y vistos los autos "General Motors Argentina S.
A. v. Gob. de la Nación sobre devolución", en los que se ha concedido el recurso ordinario de apelación interpuesto por el Sr. Procurador Fiscal de Cámara a fs.

209 vta. rontra la sentencia dictada a fs. 209.

Considerando :

Que la demanda procura la repetición de lo pagado en concepto de impuesto interno correspondiente a las cubiertas y ruedas de goma para automóviles, introduceidas al país como parte integrante de los vehículos equipados con ellas.

Que la cuestión fué considerada por primera vez por esta Corte en Fallos 175, 325, antes de dictarse la ley 12.345, llegándose entonces a la conclusión de que el gravamen, creado por decreto del 19 de enero de 1932 y reiterado por la le —° 11.582, a las cubiertas de goma que se introduce:, ai país no es aplicable a las que vienen adheridas a los locomóviles importados, formando parte integrante de ellos. Esta sentencia no contiene pronunciamiento sobre la constitucionalidad del gravamen en cuestión. La inaplicabilidad se estableció por vía de interpretación de los textos legales relativos a él. .

Que dictadas las leyes 12.148 y 12.345 el tribunal volvió a examinar la cuestión, concluyendo que el art.

49 de la ley 12.345 es aclaratorio del 17 de la ley 12.148 que contenía una norma análoga a la de la ley 11.582 interpretada en el caso anterior, y que, por consiguien

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:481 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-202/pagina-481

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