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Fallos: 201:605 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 605 Lev 4707 DECRETO N° 29.375 "Exceptúase del servicio " Exceptúase de la conseripmilitar al hijo natural o legí- ción... al hijo natural o letimo de madre viuda, que eítimo, único sostén de madre atienda con su trabajo perso- viuda, o de padre septuagenanal a la subsistencia de ésta 0 rio o impedido", de un padre septuagenario o impedido".

Interpretando la ley, V. E. admitió ( 164:340 ; 196:

35) no ser indispensable que el hijo a exceptuarse del ecrvicio fuese único sostén de la madre o el padre; pero el nuevo texto, posterior a esa jurisprudencia, es bien claro, y mientras sólo se trate de inte» retarlo, paréceme que ninguna duda puede caber acerca de su alcance.

Bajo tales conceptos, corresponde que V. E. revoque el fallo apelado, o en su defecto, lo aclare como queda dicho. Bs. Aires, abril 30 de 1945. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 30 de mayo de 1945.

Y vistos los autos "Novoa Héctor solicitando excepción del servicio militar"°, en los que se ha concedido el recurso extraordinario interpuesto a fs. 21 por el Sr. Fiscal de la Cám. Fed. de Apel. de la Capital contra la sentencia de fs. 19.

Considerando:

1" Que el recurso es procedente porque se funda en la interpretación de las disposiciones del decreto 29.375 de reformas a la ley orgánica del Ejército, conforme a la cual el apelante sostiene, contrariamente a :

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Año: 1945, CSJN Fallos: 201:605 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-201/pagina-605

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