IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA 59 LL
el delito, la pena de prisión perpetua de las que establece la a disposición mencionada, ya que tratándose de penas fijas ñ no cabe otra individualización posible que la de calidad A cuando son paralelas. Página 415. E HONORARIOS. Ver: Intereses.
I »" IDENTIFICACION DE MERCADERIAS. Ver: Prescripción, 13; Recurso extraordinario, 8.
IGUALDAD. Ver: Constitución Nacional, 12, 28, 32; Impuesto a los réditos, 2, IMPORTACION. Ver: Aduana, 1, 2; Constitución Nacional, 14; Prescripción, 16.
IMPUESTO (1).
Confiscación.
1. Para resolver si el impuesto a la transmisión gratuita es o no confiseatorio hay que deducir de su liquidación el importe de los intereses moratorios en que ha incurrido el contribuyente por un acto voluntario. Página 374.
2. En los ensos de gravámenes que inciden sobre la producción agrícola impugnados como confiscatorios, la proporción en- :
tre la renta y el impuesto debe ser establecida computando 4 el rendimiento normal medio de una correcta explotación del fundo afectado, sin tener en cuenta la disminución o a supresión de las utilidades por cireunstancias eventuales ni , lo que proviene de la inapropiada administración del con- A tribuyente. Página 128. y IMPUESTO A LA INTRODUCCION. Ver: Constitución Nacio- 3 nal 26. b IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA. Ver: Constitv- o ción Nacional, 28, 29, 30; Impuesto, 1; Reeurso extraordina- 4 rio, 17. | 1) Ver también: Afirmados, 1; Constitución Nacional, 2, 25, 29; :
Prescripción, 12; Recurso extraordinario, 19. i |
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Año: 1944, CSJN Fallos: 200:529
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