Caso. — En el buque italiano < Balin», entrado al puerto de Buenos Aires en Agosto de 1872, vinieron 60 cajones fúsforos á la consignacion de D. Cándido Todros, quien dió transferencia en blanco á D. H. Zeballos y se presentó con la firma de Pedro Marques un permiso de reembarco para Gualeguay en el buque « Nueva Perla», Los efectos, en vez de ser embarcados, se introdujeron en plaza y fueron llevados ú la casa de D. Cándido Todros, Formado el correspondiente proceso, se dicto este Fallo del Juez de Seccion.
Buenos Aires, Setiembre 19 de 1877.
Y vistos estos antos iniciados para la averiguacion de los autores y cómplices de los delitos comunes de falsificacion cometidos en la cópia de factura á depósito y transferencia de f...y defraudacion de los derechos de aduana, de las mercaderias espresadas en dichos documentos y Considerando: 1° Que segun resulta de lo actuado en este proceso las espresadas mercaderías vinieron en el buque italiano < Balin» á la consignacion de D, Cándido Todros, quien dió transferencia en blanco á D. H. Zeballos, presentándose firmado por Pedro Marques el permiso de reembarco de estas mercaderías, con destino á Gualeguay.
2" Que en sus declaraciones de f...el consignatario Todros reconoce que las mercaderías han continuado en su poder aun — despues de la transferencia hecha, habiendo tenido esta por objeto comisionar á Zeballos para que corriese con-las diligencias de aduana despachando las mercaderías á consumo directo.
3" Que las mercaderías despachadas por Marques ó Zeballos para reembarco á la goleta « Nueva Perla », han salido de los depósitos de aduana, no habiendo pasado por ninguno de los
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:83
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