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Fallos: 20:230 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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CAUSA ELXVI.
La Aduana de Mendoza contra D. Domingo Bombal, sobre defraudacion de derechos de introduccion . Sumario.—XNo es admisible la escusa de la diversidad de nombres con que en el estrangero se designan unas mercaderías, para introducirlas con esos mismos nombres y obtener asi un aforo mas bajo que el asignado por las tarifas argentinas. e Caso. —El visitador de la Aduana de Mendoza, al verificar unas mercaderías introducidas de Chile por D. Domingo Bombal, y consignadas en el manifiesto consular, informó que habia encontrado excesos en unas, y diferencias de clase en otras, en perjuicio de las rentas fiscales.

El administrador de rentas, levantado el correspondiente sumario, dictó á f. 4 una resolucion, condenando á Bombal á la pena de dobles derechos, por las diferencias de clase en algunas mercaderías, y ú la de comiso los escesos en las manifestadas de menos.

Bombal apeló al Juez de Seccion en la parte referente úá las diferencias de clases 6 nombres, diciendo que estas provenian de que en Chile las mercaderias eran llamadas con los nombres

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:230 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-230

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