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Fallos: 20:154 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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CAUSA LI
Aguiar hermanos contra Eliseo W. Marenco y C°, por evbro de pesos ; sobre nulidad de poder Sumario. — Hallándose reconocida la existencia de una somieñal y su gerente, no se puede objetar la validez del poder ue dido gerente otorgue en esa calidad, por no haberse Trascrito en el poder el documento de la sociedad.

Caso. — En una causa promovida por Aguiar hermanos contra Eliseo Wí. Marenco y €, despues de varias tramitaciones en uue los demandantes reconocieron á D. Eliseo W. Marenco zumo gerente de la sociedad demandada, este dió poder en die culbiad de gerente á D. Agustin Padin.

Las amores pidieron se declarara nulo el poder, por no conSener ls transcripcion del documento habilitante de la sociedel, serun el artículo 8, título «De las escrituras públicas » Cótiro Cavil.

Falle del Juez Seccional Mendoza, Octubre 19 de 1877.

Bar los fundamentos del precedente escrito: se declara insuficeme el poder de foja... en su consecuencia, notifíquese al

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:154 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-154

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