Al dorso) Páguese á la órden de los señores Fratelli Piaggio, valor en cuenta.
Lóndres, 25 de Marzo de 1865.
Firmado)—Z. Serena.
El Juez ordenó el pago de la cantidad de las 210 libras esterlinas y sus intereses dentro de tercero dia, despachó el mandamiento de embargo, y citó de remate al ejecutado Repetto.
Este opuso la escepcion de inhabilidad del título, diciendo:—No estoy obligado á pagar el crédito que se me cobra, desde que es sabido que como dueño del buque no quedo obligado por los actos de Chiozza que ya no es capitan de la barca «Marinetta.» Repetto.
El Juez de Seccion recibió la escepcion á prueba por el término de diez dias.
Las pruebas presentadas por la parte del ejecutado, fueron:— 1° una cuenta de pagado y recibido por el capitan del buque; 2° el contrato de fietamento; 3" una carta del capitan Chiozza, y 4 las declaraciones de unos testigos, La cuenta era:
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:274
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