" senta y cuatro centavos que pagaré dela fecha en treinta " dias, procedentes de loscapitales éinteresus áque se refle" ren los documentos insertos, y ásu seguridad le hipo" teco los derechos y acciones que corresponden á dicha " testamentaría, liquidada que sea con la de mi finado tio " D. Juan Nicolás Calle, con quien tuvimos sociedad: y con " especial la finca situada al Nord-Este de esta cindad en "el lugar denominado el Sauce, compuesta de veinie y "siete cuadras alfalfada, con cuartel de viña, huerto de "° árboles, casas, terreno inculto, etcétera.—Bajo los lin"meros siguientes: por el Norte con calle pública, por el "Naciente con derecho de D, Guillermo Naltran, por el " Sud con las acéquias de Gomez, y por el Poniente con derecho y propiedad de D. Ataulfo Hoyos. Ademas le " hipoteco especialmente un lote de terreno de propiedad "° de mi finado padre D. Francisco Estanislao Calle, ubica" do en los estramuros de la ciudad del Rosario, Provincia " de Santa-Fé, y cuyo sitio ú lote de terreno lo lubo por " compra áD. Nicolás Sotomayor en escritura firmada por "° este el tres de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y " nueve en la Escribania de D. Francisco Mayorga. Otro " sitio ubicado en la misma ciudad del Rosario y el cual lo " hubo el finado D. Francisco Estanislao Calle por compra "° quele hicieron á su nombre los señores Suarez y Ponti "" de aquella plaza. Ambos sitios los acepta el señor Gar" cia ad-corpus por no saber los linderos. Tanto los " linderos indicados como la finca del Sauce, estan li"bres de la hipoteca y gravámen, sirviéndose usted " agregar las demas cláusulas de estilo y seguridad.— "" Mendoza, Marzo diez y siete de mil ochocientos sesenta " y cinco.—Francisco Calle.—Nicomedes Garcia.—Bajo " las condiciones contenidas en la preinseria boleta D.
"' Francisco Calle confiesa ser deudor á D. Nicolás Garcia, " como deuda contraida por su finado padre D, Francisco ° Estanislao Calle, la cantidad de tres mil trescientos "° treinta pesos sesenta y cuatro ct., con el término y demas ° condiciones espresadas enla boleta, y como la entrega " y recibo de la cantidad por la que se declara deudor,
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:222
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