viñedos, calculada como se ha dicho en cincuenta años, como asimismo que la madera, cuyo costo es de $ 413,90 por hectárea, deberá ser repuesta a los 25 años, resulta un coeficiente de amortización de $ 35,54 que es inferior al admitido por la Dirección de Réditos en la resolución recurrida, Asimismo corresponde declarar que la suma de $ 14 admitida por la Dirección para cubrir los gastos de reposición de postes, mugrones, rodrigones, injertos y alambres, originados por roturas accidentales, es decir, por pérdidas extraordina.
rias, es razonable, criterio compartido por los peritos y expresado a fs, 115 de estos autos.
Corresponde destacar que el coeficiente de amortización de $ 121,68 por hectárea fijada por los peritos, es equivocado, por cuanto al establecerlo han considerado los intereses del ca- ..
pital invertido en la implantación y ellos, de acuerdo con lo establecido por el art, 24 ine, a) de la ley 11.682, no son deducibles, Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y concordantes, resuelvo: No hacer lugar a la demanda interpuesta por la S. A. Bodegas y Viñedos: Angel Cavagnaro Ltda.
contra la Dirección General del Impuesto a los Réditos y, en consecuencia, mantiénese la resolución de la autoridad admi-° nistrativa de fecha 25 de abril de 1940, corriente a fs, 23 del legajo administrativo. Las costas por su orden, — Z. Baeza González,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Mendoza, febrero 19 de 1944.
Vistos :
Los autos N° 5308-C-242, "S. A. Bgas. y Vdos, Angel Ca- .
vagnaro Ltda, contra Dirección General del Impuesto a los Ré:
ditos, por demanda contencioso-administrativa", venido del Juzgado Federal de Mendoza, —Expte, N" 83,574— a virtud de los recursos de apelación y nulidad interpuestos a fs, 184 vta. y 186, respecto de la sentencia de fecha 31 de diciembre :
de 1942, corriente a fs. 182/184 por la que se resuelve: "no ° hacer lugar a la demanda interpuesta por la S. A. Bodegas y Viñedos Angel Cavagnaro Ltda. contra la Dirección General 1 del Impuesto a los Réditos y en consecuencia, mantiénese la :
resolución de la autoridad administrativa de fecha 25 de abril 1
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:628
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