r | FALLOS DE LA CORTE SUPREMA e los precios del ganado se inició en diciembre de 1929 hacia nie veles ruinosos para el productor, y bajaron también los precios E de la carne en el mercado de Smithfield, aunque con menor ha intensidad que la de los novillos. En diciembre de 1951 la y Sociedad Rural Argentina sometió al P. E. el plan de defensa de la ganadería nacional. Continuó bajando el nivel de los pre cios del ganado, no obstante anunciarse el proyecto ereando la Junta Nacional de Carnes, que se remitió al Congreso en julio de 1932; los frigoríficos no sufrían la crisis y realizaban grandes utilidades a costa de los productores (descendió el precio - kilo vivo de carne a 0,20 etvs.). En octubre de 1933 el P. E. promulgó la ley 11.747; la nueva institución defensiva y protectora entró en funciones y empezó la reactivación del mercado, aunque pausadamente. En diciembre de 1936 se produjo cierta declinación otra vez, pero la Junta Nue. de Carnes, apoyada por el P. E. evitó que la caída fuera de 6,6 ctvs. en los novillos "chilled"'; hasta que la reacción esperada se operó francamente, aleanzándose en octubre 1° de 1937 el precio de 80 etvs. por kilo vivo. Un mes antes de esta última fecha el recurrente presentó su demanda contra la Junta. (V. cargo de fs. 47, in fine).
Patrocinada "por la Sociedad Rural Argentina, la Confederación de Sociedades Rurales de Buenos Aires y La Pampa, la Confederación de Sociedades Rurales lel Litoral, la Confederación de Sociedades Rurales de la Zona Tercera, la Confederación de Sociedades Rurales de la Patagonia y todas las sociedades y asociaciones rurales de la República, reunidas y solidarizadas en la emergencia, como en todas aquellas que han afectado a los intereses primordiales del país", se realizó la asamblea del 16 de diciembre en el Teatro Colón de esta Capital, que fué auspiciada, sin excepción notable, por toda la prensa del país, para sostener y prestigiar la ley 11.747, creadora de la Junta Nacional de Carnes. En estos autos, des de fs. 70 a 179, encuéntrase recopiladas —como prueba de la demanda— numerosas publicaciones demostrativas de la importancia y de la significación que tuvo aquel acto. Los intens0s intereses públicos que la citada ley contempla y ampara quedaron evidenciados palmariamente. El presidente de la Nación, general Justo, explicó de manera intergiversable el propósito orgánico de la ley: "es una concepción argentina para resolver un problema argentino", dijo. "Ha creado la unión solidaria entre los ganaderos del país. Como una nueva etapa de esta gran industria, a semejanza de otras, el productor aislado se vincula y se concentra". Y en cuanto a los motivos o
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:503
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