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Fallos: 199:342 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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territorial o indemnización de daños .y perjuicios", como consecuencia de la ley de Santa Fe de 27 de agosto de 1880, que ordenaba se diese a Don Santiago Temple la extensión de cincuenta leguas de campo fiscal, ley cumplida sólo en parte, se dictó sentencia en junio 7 de 1937 —fs. 326— condenando a la demandada "a entregar a los actores la extensión de diez mil ochocientas tres hectáreas más ocho mil novecientos setenta y tres metros cuadrados o su valor a la época de la escritura de 1903 conforme al promedio del de las tierras efectivamente entregadas, con más sus intereses a estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina desde el día de la ratificación de la demanda; todo en el plazo de noventa días de notificada la presente. Con costas". Iniciada de ejecución —fs. 340— la Provincia de Santa Fe, por intermedio de su apoderado, el Dr. Urbano de Iriondo, manifestó la imposibilidad "°de hacer entrega a la demandante de la superficie de tierra a que fuera condenada por no restarle propiedad fiscal suficiente" —fs. 342.

II. Que disconformes las partes sobre el valor de la indemnización subsidiaria, por imposibilidad de entrega de la tierra, fs. 443 y 447, se abrió la causa a prueba en 30 de abril de 1943 —fs. 448 vta— produciendo las partes lo que juzgaron pertinente y el Tribunal aceptó, la cual corre de fs. 451 (2 cuerpo de autos) a fs. 737 (4° cuerpo) ; corrióse un nuevo traslado por su orden a las partes —fs. 739 vta.— y alegaron las mismas sobre el mérito de la prueba y los fundamentos jurídicos de sus respectivas posiciones en el pleito; sosteniendo el representante de los actores que debía estimarse en $ 33. la hectárea de la extensión territorial que Santa Fe debió pagar, fs. 744; y el apoderado de Santa Fe que el precio debía fijarse en base al dictamen pericial de la mayoría, es decir, $ 5. .

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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:342 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-199/pagina-342

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