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Fallos: 198:420 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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La ley provincial de diciembre 13 de 1883, por la cual se declaran fiscales los terrenos del Este de la Totorilla y los existentes en Santa Bárbara y Maíz Gordo comprendidos dentro de los límites de la Provincia, representa un índice de la incertidumbre existente acerca de los verdaderos propietarios de esas tierras que originariamente pertenecieron a D. Francisco Javier de Robles y Cuyos numerosos sucesores, dispersos en tan dilatado territorio despoblado, sin capital y sin estímulo para el trabajo, poco se ocuparían de tener al día la documentación y la posesión que de padres a hijos los mantuviera en la propiedad. Por consiguiente, esta especie de prescripción tampoco puede prosperar.

Que en cuanto a la prescripción de la acción de simulación de la escritura de cesión de derechos que aparece realizada por José María Sanz a David Apatié y que el demandado basa en el art. 4030 del Código Civil, debe también ser desestimada desde que el último, Apatié, no es parte en este juicio. La defensa de prescripción sólo ha podido oponerse por D. David Apatié o sus sucesores a título universal o particular, contra la afirmación hecha por los actores de que la escritura pública de venta de acciones y derechos fué en realidad un acto jurídico de préstamo. El demandado en este juicio, sin tener la representación de Apatié, que es extraño al mismo, no ha podido oponer tal prescripción. Y así cumple declararlo.

Considerando en cuanto a la cuestión principal:

Que la Provincia de J ujuy desconoce de modo terminante el carácter de copropietaria que la actora se atribuye. Esta afirma, en cambio, que su derecho emerge de la venta seguida de tradición hecha en favor de su padre conjuntamente con los señores Ovejero y

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:420 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-198/pagina-420

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