ne 258 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA a E . + ra e sentencia apelada, se la confirma con costas. Hágase — saber y devuélvanse, debiendo reponerse el papel en "- el juzgado de origen.
3 Luis Linares — B. A, NAzar ANRs CHORENA — F, Ramos Mesía, va "
L THE FIRST NATIONAL BANK OF BOSTON v. DIREC-
e CION GENERAL DEL IMPUESTO A LOS REDITOS e pu CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucio+ : malidad. Decretos nacionales. Impuestos a los réditos y a las transacl: ciones.
E El art. 18 del decreto reglamentario del impuesto a los ar, réditos de 2 de enero de 1939, en cuanto dispone que "cuando el deudor posea distintos bienes, aunque parte vu de estos produzcan renta exenta del impuesto, la dedueMe ción de los intereses de sus dendas se efectuará de los e beneficios brutos que produce cada uno de ellos, en la E misma proporción en que se halle el valor de tales bienes | con rele sión al total", contraría lo establecido én los arts, 5, ine. b) y 6 de la ley 11.682 (T. O.) y es, por ello, inpos constitucional.
o IMPUESTO A LOS REDITOS: Deducciones. Comercio e Industria.
72 Es procedente la devolución del impuesto a los réditos pe que el contribuyente pagó por habérsele computado en Ro su balance impositivo, en eumplimiento del art. 18 del Aa decreto reglamentario del 2 de enero de 1939, los réditos Rs provenientes de los intereses de valores que están exentos ae de impuesto.
E SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
a Buenos Aires, marzo 26 de 1942.
Y Y vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido E por The First National Bank of Boston contra el Fisco Naa
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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:258
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