cionales al municipio mendocino de Godoy Cruz, contraría el art. 67, inc. 12, de la Constitución Nacional.
Hágase saber, devuélvanse y repóngase el papel en el juzgado de origen. 4 ANTONIO SAGARNA — Luis LiNaRES — B. A, Nazar AncHoRENA — F. Ramos Mesía, i
LORENZO GRACIA v. AUGUSTO ALVAREZ Y CIA.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva.
La resolución que autoriza a ejecutar contra el adquirente del negocio que no tuvo intervención en la causa sobre indemnización por despido seguida contra el anterior dueño, la sentencia condenatoria dictada contra ésta, no es sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario, pues el primero podrá hacer valer sus opiniones en el juicio ordinario autorizado por la ley procesal 10 de diciembre de 1943). :
ABRAHAM GORANSKY v. IMPUESTOS INTERNOS
PRESCRIPCION: Interrupción.
La presentación del procurador fiscal por la que, sin contestar la demanda contenciosa deducida por el contribu- :
yente con arreglo a la ley 3764, se limita a oponer la excepción de incompetencia, no interrumpe la prescripción de la acción prevista en los arts, 1 y 3 de la ley 11.585.
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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:399
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