111) que el mismo se produjo hallándose el agente en un estado emocional, pero para el caso de que así no se juzgara solicita se califique al hecho de homicidio simple art. 79 del C. Penal, no debiendo la pena, a su juicio, exceder a diez años de prisión.
A fs. 105, se llamó autos para sentencia y Considerando :
Primero: está probado que el procesado Miguel Zariwny es el antor de las lesiones que ocasionaron el fallecimiento de la víctima. De la confesión contenida en las declaraciones indagatorias de fs. 14, 43 vto., cargos de fs. 69 vto., 70 vto., 73, 73 vto., 78 y reconstrueción del hecho de fs. 90 a 94, resulta plenamente acreditado que el día del hecho, como a las:
diecinueve horas se reunieron varios trabajadores del obraje de leña en que ocurrió el hecho en el fogón junto a la choza ocupada por Wichaluko y Zariwny y bebieron abundantemente. Que durante la reunión y tal vez como consecuencia de la bebida se produjo un altercado entre los dos nombrados a raíz del cual, Wichaluko aplicó varios golpes a Zariwny.
La intervención de los demás circunstantes hizo terminar la incidencia, siendo llevado Zariwny al interior de la choza, y acostado en su lecho, pues como pudicron apreciar los testigos se hallaba muy alcoholizado. Ninguno de los testigos, empero se apercibió de que en el cambio de golpes a palos con Wichaluko, el procesado había sufrido la fractura de un brazo, Relata el procesado a continuación, pues no hay otra prueba ya que todos los testigos se habían retirado, que no pudo conciliar el sueño por los dolores que sentía y la excitación nerviosa en que se hallaba. Que una media hora después de las últimas palabras que cambió con Wichaluko encendió luz para cerciorarse si éste s" hallaba bien dormido y al compro- , bar esa circunstancia buscó un palo para pegarle y no hallándolo se apoderó del hacha que estaba en la choza y con ella aplicó dos golpes en el rostro del dormido, "no con el filo pues su intención era golpearlo y no darle muerte", /ver fs. 15). Después de esto se acostó y se durmió descansando perfectamente, pues estaba muy ebrio. Al día siguiente se levantó, hizo su aseo, se mudó ropa, atendió al carnicero y más tarde se ausentó del lugar por temor a que los demás Tea: ms dores... pudieran matarlo". Hasta aquí la primer declaración. A fs. 43 vta. la ratifica, sosteniendo que fué agredido por Wichaluko sin motivo justificado, y golpeado mientras se :
hallaba sentado alrededor del fogón, lo que explicará gráfi
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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:633
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