saber y devuélvanse debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.
Roserrto Rererro — ANTONIO Sa
GARNA — Luis LiNAres — B.
A. NAzar ANCHORENA — F.
Ramos MeJía.
ARMENGOL MERCADO GEREZ v. NACION ARGENTINA
JURISDICCION: Fuero federal. Por la materia. Constitución, tratados y leyes nacionales. — Fuero ordinario, Instituciones e impuestos locales.
No corresponde a los tribunales federales sino a los ordinarios el conocimiento de una demanda contra la Nación sobre repetición de la patente establecida per el art. 48 de la ley 12.360 con carácter local, si lo que en aquélla se pretende no es tan sólo la inconstitucionalidad de las disposiciones legales y reglamentarias en virtud de las cuales se hizo el cobro, sino y principalmente la declaración judicial de ser errónea la calificación, como préstamo, de las eperaciones que menciona; sin perjuicio de que, dictada la sentencia final del pleito, pueda el actor recurrir de ella por medio del recurso extraordinario, si concurrieren los requisitos necesarios para su procedencia,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Previas algunas diligencias de inspección, la Dirección General del Impuesto a los Réditos comprobó que don Armengol Mercado Gerez efectuaba operaciones de préstamo sobre sueldos, a crecidísimo interés mensual (fs. 66, y documentación anterior que así lo
Compartir
79Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1943, CSJN Fallos: 195:266
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-266
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 195 en el número: 266 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos