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Fallos: 194:507 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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DictaMes DEL Procunanor GENERAL Suprema Corte:

Atenta la jurisprudencia sentada por V. E. en 189:

394, corresponde abrir el reenrso. Consta a fs. 7 y vta.

de los autos principales, que se lo interpuso en término. — Buenos Aires, diciembre 4 de 1942, — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de diciembre de 1942.

Y vista la preeedente queja earatulada "Recurso de hecho deducido en los autos Lutz, Ferrando y Cía.

contra Consejo Deontológico 2" Ciremuseripción Provincia de Santa Fc", para decidir sobre su procedencia, y b Considerando :

Que los autos principales elevados al Tribunal a su requerimiento, comprueban lo siguiente:

Que In cnusa se inició a fs. 1 —en 27 de junio del corriente año— con el acta labrada con intervención del contador de la recurrente, en la que se deja congtancia de la exhibición en las vidrieras del negocio de aquélla de un anuncio no autorizado.

Que a fs. 2 —en 2 de julio— se dispuso la instrueción del sumario, citándose a la firma infractora, para antes de los cineo días después de su notificación. A fs. 2 via, el 7 de ese mes, compareció, en efecto, el gorente de la misma, Don Angel Cignacco, que se limit6 a solicitar prórroga para ampliar su exposición, Que en 24 de julio, el mencionado Sr. Cignacco se

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:507 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-507

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