mitido a la actora debe sufrir la imposición sobre si valor trasmitido el día del deevso del causante, Pura determinarlo es indispensable recordor que los saldos por precios de ventas a plazos comprenden el capital importe «de la tierra vendida y Jos intereses de ese enpital que debe ser entregado després y a medida que veyan enmpliemdo los plazos em «ue son paradas las enotas. El valor aethal de esos lotes vendidos es sin duda inferior al monto total convenido, ya que de ser necesaria si recización inmediata, sólo podría eomsernirse haciendo un descuento. El interés se forma de aquello que se ngrega nl enpital existente y puede ser acumulación regular en el etirso de la aperación o bien al final de la misma, recibiendo siempre e! aerendor más de lo que ha dado.
Es posible decir y afirmar que el valor aetual de un nego cio a término, difiere del monto sel mismo, en ta sema vduivalente a los intereses que correspondía al trámite de la durace, Si hien la Direeción General de Escrelas pretende que la ley impositiva no puede interpretarse por ansiogía y menos ° per la equidad, por tratare de una ley de derecho público apliesble enn rigidez, por lo mismo que nuee de 1 soberanía no delegada a la Nación, entiendo sin embargo, que estas mismas características obligan a los magistrados a emplear emo razón de su interpretación el espíritu que informa sus elúusnlas, ya que "las leyes no sor sólo sus palabras"" como decía Demófilo de Buen, citado en la sentencia del dector Mignens.
La misma loy fart, 12, ine. 77) establece me hechas las deducciones en la forma indieada, el detivo neto que resulte, se dividirá conforme a las disposiciones de la ley civil entre los herederos aplicándose el porcentaje, de me erdo con la esenla del art. 1".
Si lo que se impone es el activo neto del eamsanto, es nati ral y lórico que ese monto debe ajustarse a la realidad, razón por la eual los inmuebles, por ejemplo se tasan 0 se tiene en cuenta "al precio de venta"; es decir en el valor real que ingresa al patrimonio del heredero, Cuando el art. Y, (última parte) nos indica que el impuesto se aplieará según el "valor transferido"; enando el art. ' nos aelara que el valor de los bienes traemitidos se de- A terminará de acuerdo eon las siguientes reglas... y preseribe eoneretamente el ine, 4 que en los usufruetos de rentas vitalicias, el valor será igual al importe del dienplo de ana anta lidad o renta y cuando no se pudiera establecerse tomará como hase una renta no menor al 5 del valor asigna
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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:270
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