GUIDO SIMONINT yv. NACION ARGENTINA ()
JUICIO DE ARBITROS,
El Gobierno Nacional puede, autorizado por una ley, paetar válidamente la jurisdieción arbitral en los contratos que eclebra.
JUICIO DE ARMITROS,
MUNICIPALIDADES: Fuenltades, Las municipalidades de los territorios nacionales earecen de enpacidad para eomprometer en árbitros; por lo cual corresponde declarar nula la eláusula del contrato sobre servicios públicos eelebrado por una de aquéllas que establece la jurisdieción arbitral,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, agosto 11 de 1941, Y vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido por Guido Simonini contra la Nación, sobre eumplimiento de contrato; y Resultando :
Que el aetor manifiesta que por escritura otorgada en General Pico, Gobernación de la Pampa, en 16 de febrero de 1) Y. Fallos: 177, 209,
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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:155
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