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Fallos: 194:152 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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152 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA actores, dentro del término de veinte días, la cantidad de veintinueve mil ochenta y cuatro pesos con cinco centavos moneda nacional y sus intereses desde la notificación de la demanda a estilo de los que cobra el Banco de la Nación Argentina. Con costas. Notifíquese, repóngase el papel y oportunamente archívese.

Ronerro Rererro — Axtoxio SaGaRNA — B. A, Nazar AncionENA — F, Ramos Megía.


PEDRO P. ZANONL y. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Relación directa.

Siendo irrevisible la conclusión de la sentencia apelada según la enal el inmueble del recurrente ha sido ocupado E por el Estado con autorización de aquél y sólo a título pre4 eario —lo que supone la inexistencia del desapoderamiento a necesario para expropiación indirecta— el art. 17 de la Constitución Nacional invocado por el dueño como fundamento del recurso extraordinario contra el fallo que rechaza su demanda de expropiación, carece de relació" directa con la materia del pronunciamiento y no autoriza la procedencia de aquél, Dictases pe. Procenanon GENERAL Suprema Corte:

El Procurador General, por la representación que me corresponde en los antos seguidos contra la Nación por Pedro P. Zanoni, sobre expropiación, ejereitando la facultad conferida por el art. S° de la ley 4055, a V. E.

digo:

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:152 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-152

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