En su mérito y por sus fundamentos, se confirma la sentencia recurrida, sin costas. Hágase saber y devuélvanse.
Ronerro Rererro — ANTONIO Sa
GANA — Luis Livanes — B.
A. Nazaut ANCHORENA.
ELVIRA DEL CARMEN CHAPO DE BELBEY v. NACION
ARGENTINA
JUBILACION.
JUB'LACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Principios gemerales.
Es improcedente la acumulación de una jubilación nacional a otra provincial otorgada a la misma persona.
JURILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Principios generales, La excepción establecida en el art, 35 de la ley 4349 en favor del profesorado, no puede interpretarse extensivamente en el sentido de que permite acumular dos jubila ciones, lo cual no es lo mismo que mejorar el monto de una jubilación,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 3 de 1940.
Y Vistos: Estos autos caratulados Chapo de Belbey Elvira del Carmen contra Gobierno de la Nueión, sobre aenmulación de jubilaciones y daños y perjuicios", de los que resulta:
Que a fs, 6, se presenta la netora, por apoderado. deduciendo formal demanda contra el Superior € jobierno de la Nación sobre acumulación de jubilaciones, más las mensualidades que se han dejado de pereibir y cobro de In suma de cuatro mil pesos moneda nacional en concepto de daños y perjuicios, en mérito de las signientes consideraciones :
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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:265
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