Provincia de Buenos Aires cuya jurisdieción se declara compatible con la Constitución Nacional:
Por sus fundamentos, los de la sentencia de esta Corte en el caso semejante "Costes v. Prado" registrada en el tomo 187 pág. 79 , y lo dictaminado por el señor Proeurador General de la Nación, se confirma la resolución apelada en cuanto pudo ser materia del recurso. Hágase saber y devuélvanse.
Ronerro Rererro — ANTOsio Sacarxa — B. A. NAZar AxcHoRENA — Fi. Ramos Megía.
ANDERSON, CLAYTON Y Cía. v. ADUANA
ADUANA: Procedimiento.
El art. 38 de la ley N' 12.345 ha modificado el art. 1034 de las Ordenanzos de Aduana y foenita a ln autoridad administrativa no sólo para intervenir directamente en la denuncia sobre alteración del destino de una maquinaria introducida libre de derechos como destinada a un establecimiento que elubora materia prima de produeción nacional, transferida luego a otra firma sin eonocimiento de la Aduana 3 utilizada después en el manipuleo de materia prima de origen extranjero, sin haberse pagado los respectivos derechos; sino también para substanciar el sumario y juzgar la eausa tomando en cuenta las imfraeciones de referencia y enalquier otra que se compruebe en el enrso de los procedimientos, como la falsa declaración heeha ante la Aduana para obtener la franquicia A y el ocultamiento ulterior de la verdadera condición de la maquinaria.
ADUANA: Infracciones, Manifestación falsa. — Alteración del des tino.
Establecido que mediante una falsa declaración que in dujo en error a la Aduana, el importador introdujo una maquinaria sin pagar derechos y que, después de haberle
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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:331
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