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Fallos: 191:303 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, noviembre 26 de 1941. | Y Vistos: los recursos ordinarios de apelación deducidos en el juicio "Manniello Bros y Mayrsohn Ine.

v./ la Nación, sobre daños y perjuicios"', contra la sentencia dietada por la Cámara Federal de la Capital, y Considerando: que la mercadería embarcada por la y firma actora de Nueva York con destino a Buenos Aires, si bien aparecía vendida al señor Francisco Rizzo de esta Capital, venía consignada a la orden del cargador.

Que no obstante ello, la Aduana hizo entrega de la mercadería al despachante Pavese sin que éste acreditara la propiedad de la misma con los respectivos conocimientos, Que éstos son los antecedentes del presente juicio en que el propietario de la mercadería o sea la firma cargadora de Nueva York, se ha presentado responsabilizando a la Nación por los daños y perjuicios que tal entrega indebida le ha ocasionado.

Condenada la Nación, tanto en 1 como en 2° instancia a responder por el valor del cargamento, su representante opone en esta tereera instancia ordinaria, la prescripción anual del art. 4037 del Código Civil, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 3062 del mismo.

Ahora bien; si la preseripción invocada sólo se aplica a situaciones que reconocen como causa la existencia de un delito o cuasi delito (art. 4037 última parte) conviene precisar previamente si es ése el caso plantendo en los antos, ya que el art. 1107 del Código Civil establece que los heehos o las omisiones en el cumplimiento de las obligaciones convencionales, no están compren

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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:303 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-191/pagina-303

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