FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, octubre 8 de 1941.
Y Vistos: Estos autos seguidos por la S. A, Bodegas y Viñedos "San Carlos" (hoy Aristóbulo Alvarez, su eesionario) contra la Provincia de Sim Juan, sobre inconstitucionalidad de las leyes Nros. 438 y 439 y repetición de la suma de $ 523,590.06 m/n., de los cuales resulta:
Que a fs. 38 comparece el doctor Ricardo Dios, en representación de la actora, promoviendo demanda por cobro de la susodieha suma con sus intereses y las costas del juicio, a mérito de los antecedentes que a eontinuación expresa.
Que su mandante, la sociedad anónima actora, es cesionaria del señor Franeisco Pugliese en cuanto "al erédito que le puede corresponder por concepto de devolución del impuesto a la uva y vino pagado en el año 19532" en las cantidades, épocas y bajo las protestas y demás eirennstancias de que haee mérito el capítulo segundo de la demanda.
Que la repetición de aquellas sumas se efectúa por considerar indebido su pago, pues los impuestos a que responden son violatorios de la Constitución Nacional y, en cuanto a la cantidad de $ 29,043.60 m/n., cobrada sin ley, la devolución correspondería ya que ese pago se reputa hecho por error o como el resultado de la coneción ejercida por las autoridades sobre el contribuyente.
Que acerea de las leyes Nros. 438 y 439, con arreglo a las cuales se han cobrado la mayoría de los impuestos impugnados, expresa lo siguiente: la primera, que importa erear el seguro obligatorio a cargo del Estado por intermedio del Baneo Provincial, vulnera garantías aseguradas por los arts. 14 y 16 de la Constitución Nacio
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Año: 1941, CSJN Fallos: 191:11
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