FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, septiembre 29 de 1941.
Y Vistos: Los recursos extraordinarios dedueidos eontra la sentencia de la Exema. Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil de la Capital, dictada en el juicjo seguido por Ricardo Edelstein contra la sucesión de Franeisco Lartigue.
Considerando:
Que Ricardo Edelstein dedujo juicio ejecutivo contra la eitada sucesión, por cobro de enarenta mil pesos oro sellado, que había dado en préstamo con garantía hipotecaria, y un semestre de intereses vencidos, y durante la secuela del juicio los deudores consignan, en varias oportunidades, en pago de intereses, el importe calentado al 6 anual y al tipo de conversión de 2,2727, consignaciones que fueron impugnadas por el actor, que sostiene que debe depositarse la cantidad suficiente para comprar al cambio del día la cantidad de pesos oro sellado adeudada.
Que el juicio fué fallado en primera instancia deelarando a la sucesión acogida a los beneficios que le acuerda la ley de moratoria N9 11.741, aceptando cl interós del 6, y rechazando las consignaciones de intereses en emanto al tipo de enmbio que se pretendía.
Fs. 224.
Que apelada esta sentencia la enestión quedó reducida, por desistimiento del reenrso por parte del actor, a la planteada sobre el tipo de cambio de las consignaciones, y como la sentencia de segunda instancia confirmara la apelada, deducen recurso extraordinario para ante esta Corte, Jorge Hugo Lartigue a fs. 367 y As
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:599
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