enusa su eurso contra los otros procesados ante la jurisdicción ordinaria.
Que lo contrario importaría atribuir a esta Corte el conocimiento originario de procesos incoados por delitos comunes contra cualquier habitante del país por el sólo hecho de aparecer implicado, a juicio del juez un Embajador, Ministro, Cónsul o personal de una Embajada dándole así a la jurisdicción de excepción una amplitud que contraría el espíritu y los fines con que aquélla ha sido ereada.
En su mérito, de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador General y la doctrina de Fallos: 10, Serie II, 108; 55, 328; 98, 328; 65, 229; 107, 395; 153, 122; 151, 285; 181, 49; devuélvanse estas actuaciones al señor juez de la enusa para que proceda en consecuencia, retomando la jurisdicción de que se ha desprendido. Hágase saber al señor jefe de Policía y al señor comisario del Palacio de Justicia que los detenidos quedan a disposición del señor juez Dr. Carlos Attwell " Ocantos quien se halla interinamente a cargo del juzgado de Instrucción del Dr. Ernesto J. Ure, Rogento Reretto — ANTONIO Sa
GARNA — Luis Linares — B.
A. Nazar AxcHoresa — F.
Ramos Mesía.
JOSÉ A. MOLLOY v. THE NATIONAL CITY BANK
OF NEW YORK
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal, Casos, Constitución Nacional.
Procede el recurso extraordinario respecto de la sentencia contraria al derecho fundado por el recurrente en el art.
16 de la Constitución Nacional,
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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:453
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