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Fallos: 190:329 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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cesco Cinzano y Cía. Limitada" con el de la "Sociedad Anónima Melchiorre Cinzano y Cía. Argentina", para la venta, ambas, de vermouth; y si ello puede importar una competencia desleal, La sentencia de fs. 504, que confirma por sus fundamentos la de primera instancia, ha decidido afirmativamente las dos enestiones, en razón de la prueba producida; ordenando a la sociedad nombrada en segundo término eliminar la palabra °°Cinzano" de su nombre comercial, Contra esta sentencia se interpuso apelación para ante V, E. —art. 14, ley 48—, habiendo sido concedida a fs. 507 via.

En enusa de alguna similitud ° Hernández y Cía, v.

Tourino y Pellejero; sobre uso de enseña comercial" resuelta por V. E, de acuerdo a mi dictamen con fecha 24 de junio de 1940, fué rechazado un recurso extraordinario parecido al que se trae ahora a conocimiento de la Corte Suprema. El fundamento de tal denegación fué la inexistencia de cuestiones de derecho federal, toda vez que, como en el caso de autos, la enusa aparecía decidida por razones de hecho y prueba.

Aplicando igual doctrina, correspondería declarar mal concedida la apelación para ante Y. E, — Buenos Aires, abril 22 de 1941. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 11 de 1941.

Y Vistos:

Los del juicio de la Sociedad Francesco Cinzano y Cía. Ltda. contra la S. A. Melehiorre Cinzuno y Cía,

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-190/pagina-329

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