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Fallos: 19:137 de la CSJN Argentina - Año: 1877

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CAUSA LXVII.
D. Francisco Bollini contra el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por indemnización de daños y perjuicios; sobre competencia.

Sumario. — En los casos de jurisdiccion concurrente, el juicio radicado ante los Tribunales de Provincia debe ser fenecido ante ellos, salvo el recurso del artículo 14 de la ley sobre jurisdiccion y competencia de los Tribunales Nacionales.

Caso. — D. Francisco Bollini, italiano, demandó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por haberle espropiado un terreno y entregádolo á la Empresa del Ferro-Carril de Campana, sin prévia tasacion é indemnizacion, clasificando el hecho como un despojo.

El Fiscal de la Provincia opuso la excepcion de incompetencia, fundado en que sobre el asunto habia juicio pendiente ante las autoridades Provinciales.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Su Córte: :

mena Buenos Aires, Octubre 20 de 1876.

El Gobierno de Buenos Aires, es demandado «como reo de un acto ilícito que la ley clasifica de despojo, y por el que la misma

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Año: 1877, CSJN Fallos: 19:137 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-19/pagina-137

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