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Fallos: 188:465 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Igualdad.

IMPUESTOS: Igualdad.

La igualdad en materia impositiva se cumple cuando en condiciones análogas se imponen gravámenes iguales a los contribuyentes.

DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Igualdad.

IMPUESTOS: Igualdad.

La igualdad establecida en la Constitución Nacional como base del impuesto no impide la formación de categorías con tasas diversas, siempre que no se hagan distribuciones o distinciones arbitrarias y las clasificaciones de los bienes o de las personas afectadas reposen sobre una base razonable.

CONSTITUCION NACIONAL: Principios generales. Contralor por el Poder Judicial.

IMPUESTOS: Principios generales, El Poder Judicial no tiene facultades para invalidar los gravámenes en razón de su injusticia o inconveniencia, del exceso de su monto o de las formas de percepción, mientras de ellos no resulte una violación de las disposiciones constitucionales.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Ordenanzas Municipales.

La patente a los cabarets cobrada con arreglo a lo dispuesto en la ordenanza de la Municipalidad de la ciudad de Buenos Aires para el año 1932 no es violatorio de los arts.

16 y 17 de la Constitución Nacional,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Se discute en estos autos si es violatorio de la Constitución Nacional un impuesto de patente a los cabarets, percibido por la Municipalidad de la Capital; y habiendo sido negativa la solución dada al punto por

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:465 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-188/pagina-465

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