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Fallos: 188:280 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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En su mérito y de conformidad con lo dictaminado y pedido por el señor Procurador General, se declara que es competente para conocer en la causa seguida por Modesto Capasso contra el Ferrocarril del Sud sobre indemnización de daños y perjuicios, el señor Juez Federal de La Plata a quien se remitirán los autos haciéndose saber en la forma de estilo al señor Juez de Paz de General Paz, Provincia de Buenos Aires. Rep. el papel.

Rogerro REPeTTO — ANTONIO SAGARNA — Luis LiNARes — B. A. NAzArR ANCHORENA — F. Ramos Mesía.


ENRIQUETA BASAVILBASO DE CATELIN v. CAJA DE

JUBILACIONES DE EMPLEADOS BANCARIOS
JUBILACION DE EMPLEADOS BANCARIOS: Personas comprendidas, Los miembros del Directorio de la Sociedad Crédito Territorial de Santa Fe tienen el carácter de empleados a los efectos de la ley N° 11.575 y se hallan comprendidos en las previsiones de la misma, RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución, No procede considerar en el recurso extraordinario cuestiones que no han sido planteadas al interponerlo.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario resulta procedente por haberse puesto en tela de juicio la inteligencia de dis

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:280 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-188/pagina-280

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