puesto que V. E. declaró inconstitucional en la segunda de las sentencias citadas.
A mérito de ello, correspondería hacer lugar a la demanda, en cuanto lo autorics la prueba rendida por la parte actora. — Buenos Aires, agosto 26 de 1939. — Juan Alvarez.
TALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, octubre 4 de 1940. 
Y Vistos: Estos autos de los que resulta:
A fs. 10 se presenta Cayetano A. Saggese por la Sociedad Anónima Massey Harris Company Limited promoviendo demanda contra la Provincia de Buenos Aires por repetición de pago de impuestos, denominados de patente, indebidamente cobrados a su representada, más los intereses computados desde el pago bajo protesta. Demanda la cantidad de seis mil ciento sesenta y seis pesos con sesenta y seis centavos moneda nacional, que se forman así: por impuesto indebidamente cobrado $ 5.000 y por intereses $ 1.166,66, más los que corran desde esta acción.
Dice que su representada es importadora únicamente de máquinas agrícolas y sus repuestos, que fabrica en Canadá. Realiza sus negocios en nuestra República, por medio de tres establecimientos comerciales:
uno en esta Capital, otro en Rosario y el tercero en Bahía Blanca. Cada establecimiento paga al Fisco y demás órganos de su jurisdicción las patentes o capital en giro y demás impuestos. A. su vez cada sucursal recibe por intermedio de la Aduana de esta Capital, de Rosario y de Bahía Blanca, los productos que introducen y que almacenan en sus respectivos depósitos mientras no tienen destino determinado,
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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:20 
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