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Fallos: 187:49 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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ANTONIO VILA PONT y. COMPAÑIA DE SEGUROS
"LA RURAL" RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Leyes del Congreso.

Si bien la ley N" 9688 reviste el carácter de ley de derecho común, sus arts. 9 y 10 no participan del mismo y la interpretación y aplicación de los mismos puede originar una cuestión federal.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos. Leyes del Congreso, Procede el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que interpretando el art. 9 de la ley N" 9688, impone al recurrente la obligación de pagar directamente al obrero la suma que según aquél debe depositar en la Caja de Jubilaciones Civiles.

ANTECEDENTES
Ante la justicia local de Mendoza, don Antonio Vila Pont demandó a la S. A. "Explotadora Termas de Villavicencio" por indemnización del accidente del trabajo. La demandada hizo citar a la Cía, de Seguros "La Rural", en la cual tenía asegurados a sus obreros. El juicio prosiguió con ésta, que solieitó el rechazo de la demanda sosteniendo que había indem.

nizado debidamente al actor mediante el depósito de $ 728.40 en la Caja Nacional de Jubilaciones.

El juez fijó la indemnización en $ 3.642 y, conforme a lo dispuesto en el art. 9 de la ley 9688, dispuso que la compañía depositara la diferencia en la Ca de Jubilaciones.

El actor apeló por entender que la suma debía serle entregada a él directamente.


SENTENCIA DE LA CÁMARA DE APELACIONES
Mendoza a catorce días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y nueve, reunidos en su sala de acuerdos los señores Ministros de la Exma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Minas, doctores Ernesto Corvalán, Tulbaleain Baca, Alfonso Boulin Tamisier y Santiago EH. Touza, e integrado el

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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:49 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-187/pagina-49

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