muerto necesariamente a consecuencia de la herida y golpes inferidos por Fuentes; habría que dar por establecido que, además, Cl lo arrojó al río, para deeir que lo mató intencionalmente, lo que no está probado, En su mérito y de acuerdo con la opinión del señor Procurador General se modifica la sentencia apelada, y se condena a Ramón Fuentes por homicidio preterintencional en la persona de Augusto Hempel a la pens de seis años de reclusión, accesorias legales y costas.
de acuerdo al artículo 81, inciso 1 apartado b) del Código Penal, Notifíquese y devu""vunse, debiendo hacerse oportunamente las eomunicaciones al Registro Nacional de Reincidencia.
Luis LiNanes,
IMPUESTOS INTERNOS v. LIBERATO R. CORTES
TMPUESTOS INTERNOS: Régimen represivo.
No siendo posible determinar el monto de la defrandación, la multa aplicable al destilador elandestino de alcohol es de cinco mil a cincuenta mil pesos nacionales y debe ser graduada de acuerdo a la importancia del delito y a los antecedentes personales del enenusado (1),
NATALIO CRUCIANI y. IMPUESTOS INTERNOS
PRUEBA: Prueba eu materia penal, Las presnciones graves, precisas y concordantes eonstituyen plena prueba del delito.
IMPUESTOS INTERNOS: Régimen represivo, Las afirmaciones de los coprocesados en el sentido de la inocencia del recurrente y las declaraciones de testiros — (1) Feeha del fnilos julio 5 de 1940, Véase Fallos: 143, 216,
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:195
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