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Fallos: 186:491 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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ARTURO RICOT v. SOCIEDAD DE ELECTRICIDAD
DE ROSARIO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Matería ajena. Leyes comunes.

Comerciales.

No basta para fundar el recurso extraordinario la invocación del art, 16 de la Constitución Nacional enya aplicación, dentro de la tesis de los recurrentes, se hace depender de la ciremustancia resuelta en forma negativa por el fallo apelado, de que todos los actores están dentro de una misma cateroría legal, enestión que envuelve la de dilucidar el alcance del concepto de obreros de comercio y establecer si lo son todos los aetores (1).


WINTEAWAY LAIDLAW €° LTDA, y. IMPUESTOS
INTERNOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución.

La Corte Suprema debe limitar su pronunciamiento a las cuestiones comprendidas en el recurso extraordinario interpuesto para ante ell», IMPUESTOS INTERNOS: Impuesto « los fósforos y =nbstitutos, A los efectos de la aplicación del impuesto a los encendedores no es necesario que ellos reproduzcan la llama de los fúsforos; basta que llenen las funciones de éstos en oportunidades en que su uso es habitual, IMPUESTOS INTERNOS: Impuesto a los fúsforos y substitutos.

Corresponde aplicar el gravamen establecido en el art. 97 del Texto Ordenado de las leyes de impuestos internos a los eneendedores que tienen entre otros objetos el de encender cocinas o mecheros a nafta o kerosene, sin que sea un úbice la circunstancia de que para lograr tal resultado sea menester el empleo de dos piezas separadas, pues el conjunto llena el requisito que la ley ha tenido en euenta.

1) Fecha del fallo: mayo 6 de 1910.

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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:491 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-491

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