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Fallos: 185:235 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 1° de 1939.

Y Vistos: Por sus fundamentos; lo dictaminado precedentemente por el señor Procurador General y la doctrina sustentada por esta Corte en las causas invocadas, se confirma la sentencia de fojas 38 en cuanto pudo ser materia de recurso. Notifíquese y devuélvanse.

Ronerto REPETTO — ANTONIO Sacarna — Luis LINARES — B. A. Nazar ANCHORENA — F. Ramos Mesía.


GERMAN DI BARTOLOME v. CAJA DE JUBILACIONES

DE EMPLEADOS CIVILES
JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES: Devolución de aportes.

Debe considerarse despedido por no requerirse sus servicios y por ello con derecho a la devolución de los aportes prevista en el art, 27 de la ley N° 4349, al empleado nacional con más de diez años de servicios declarado cesante por no haber cumplido el requisito de obtener la carta de ciudadanía argentina impuesto por una reglamentación posterior a su ingreso a la administración.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
¿ : Buenos Aires, julio 22 de 1937.

Y Vistos: Estos autos seguidos por don Germán Di Bartolomé contra la Caja de Jubilaciones y. Pensiones, por devolución de aportes, de los que resulta:

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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:235 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-185/pagina-235

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