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Fallos: 184:401 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 28 de 1939.

Y vistos: El recurso extraordinario deducido en la causa "Leal José E. contra Eduardo Santiago Giménez y otros sobre regulación", contra la sentencia pronunciada por la Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la ciudad de Mendoza; y Considerando:

Que en la presente causa el recurrente, al oponerse al desembargo solicitado por su contendor, sostiene que el art. 157, inc. 7° del Código de Comercio modificado por la ley N" 11,729 es contrario a los arts. 16 y 17 de la Constitución Nacional.

Que la disposición aludida establece ""que las indemnizaciones por cesantía y por falta de preaviso que correspondan al empleado no están sujetas a moratoria ni a embargo y regirá a su respecto lo dispuesto para salarios y sueldos en el art. 4" de la ley N' 11.278".

Que dicha excepción no vulnera el principio de igualdad ante la ley consagrado por el art. 16 de la Constitución y sólo se limita a excluir de la garantía que representa para el acreedor el patrimonio del obrero o empleado, los bienes derivados de aquel origen.

Que no puede desconocerse, ha dicho esta Corte, que la facultad de reglamentar los efectos de las obligaciones en el patrimonio del deudor —- comprandida en el poder de dictar los códigos (art. 67, inc. 11 de la Constitución) — autoriza al Congrebo para eximir de la ejecución y del embargo determinados bienes in| dispensables para la vida del dendor y de su familia, exenciones fundadas en consideraciones de humanidad y que se encuentran consignadas con mayor o menor

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:401 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-184/pagina-401

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