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Fallos: 183:308 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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deraro, el que se encuentra firme, de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal de Alzada — a fs. 58.

Que el proceso continúa así exclusivamente respecto del sub-inspector del ferrocarril Priolo, a quien se imputa la comisión de los delitos de lesions y atentado a la autoridad, que habrían sido cometidos en la estación Gowland — Conf., auto de fs. 403.

Que en tales condiciones, el fuero federal no corresponde, ni por la naturaleza de los delitos imputados — Fallos: tomo 125, púg. 364; tomo 155 pág. 178 considerando 3" — ni por el lugar en que se los habría cometido, Fallos: tomo 116 pág. 234 ; tomo 118, púg.

24 y los precedentemente citados.

En su mérito se confirma el auto de fs. 58, en lo que ha podido ser materia del recurso, Hágase saber y devuélvanse los autos al tribimal de su procedencia Antonio Sacanya. — Levis LiNAanes — F. Ramos Mesía.

RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA —
OPORTUNIDAD DE PLANTEAR LA CUESTION
FEDERAL.
Sumario: Para que proceda el recurso extraordinario es menester que la cuestión federal sen planteada de manera que habilite al tribunal de última instancia en el orden local a pronunciarse sobre ella en la sentencia definitiva, para lo enal no basta su sola mención en una oportunidad ajena al debate.

Juicio: Selaya Víctor B. sucesión ; recurso de hecho de María M. 1. P. de Selaya. () 1) Feeha del fallo: abril 21 de 1959, En igual sentido, Fallos:

179, 5; 147, 371.

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:308 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-183/pagina-308

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