terminaba la ley N" 9499, la cual quedó finalmente formada por los Ingenieros León E. Walls, Guillermo J.
White y Ramón B. Castro (Memoria presentada por éstos, edic, oficial, t. UT, púg. 20).
22 Antes de producido el informe de esa comisión, por deereto de septiembre 30 de 1914, el P. E.
resolvió pasar los antecedentes al señor Procurador en turno, a fin de que promoviera las neciones legales correspondientes (fs. 681 del Sumario) y en cumplimiento del mismo, el 9 de noviembre de 1914 se presentó el Procurador Fiscal Dr, Saúl M. Escobar, ante el Juez Federal en lo Criminal de la Capital, Dr. Miguel 1. Jantus, promoviendo la averiguación de los delitos que pudieran tener relación con las partidas especialmente indiendas en el informe de los ingenieros Estrada y Dobranich, que arrojaba la suma total de $ 1.075.000 pagados demás por el Gobierno (fs.
687/8 del Sumario).
Después de un incidente que fué resuelto en definitiva por la Cámara Federal (fs. 728) se resolvió proceder a la instrueción del sumario (fs. 731 vía.) solicitándose del Poder Ejeentivo la remisión de diversos antecedentes relacionados con los cielorasos, pisos de mosnicos, vitraux, biblioteca, puertas de antecámara, armazón de hierro de la cúpula y del techo de la Cámara de Diputados y cielorasos de vidrios de la misma, haciéndole saber que se pedía en razón de que de acuerdo a lo resuelto por la Cámara Federal, el Juzgado debía investigar la existencia de los delitos contra la Nación previstos en los arts. 82 y 85 de la ley penal N° 49 (fs. 736).
El 12 de febrero y el 14 de abril de 1915 respectivamente prestaron declaración indagatoria Pablo y Carlos E, Besana (fs. 768 y 802 vta.) acompañados de su letrado defensor.
23" El 4 de marzo de 1915, el Juez instruetor del
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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:518
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