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Fallos: 182:516 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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e) Errores de clasificación en las diversas enteworías de trabajos semejantes; :

f) Forma errónea de medir, resultando que las cantidades de obras liquidadas son mayores que las del cómputo primitivo; yx) Precios nuevos, aceptados por decreto de Gobierno, para trabajos que no se incluyeron en el contrato eclebrado en 1897, y principalmente el decreto de fecha diciembre 6 de 1905; h) Pagos por jornales de operarios que se han abonado a la empresa y que no fueron incluídos en el presupuesto primitivo, (Sumario fs, 4612).

"Hemos podido eomprobar — decian los Ingenioros Estrada y Dobranich — que gran parte de las obras se han liquidado elasificando los trabajos en la entegoría inmediata superior a la que corresponde, y, por consiguiente, se ha abonado nna suma mayor que la que debió abonarse, según el mismo contrato, siendo una de las causas de mayor importancia en las cnormes diferencias que hemos encontrado.

Los grandes errores al medir, siempre en exceso, y el mayor precio unitario, al clasificar en entegorías superiores, son las enusas de las fabulosas diferencias encontradas" (Sumario, fs. 469/70).

Indicaban luego casos coneretos como los pisos de mosnico, por los que se había pagado demás de pesos 113.445.10 min.; los revoques ($ 138,249.65 mín, pagados demás); los cielorasos ($ 560.541,54 min, pagados demás, sin contar alrededor de $ 250.000 ahonados contra lo dispuesto en el pliego de condiciones); los vitraux (por los que, debido también a los precios nuevos estipulados apartándose del contrato, se paró $ 53.655,26 min., más de lo debido) ; las puertas de nogal

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:516 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-516

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