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Fallos: 182:339 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, noviembre 28 de 1938, Y Vistos: Estos autos earatulados Castiglioni, Pes y Cía. contra Santiago del Estero, la Provineja, sobre tereería de mejor derecho en los autos "Garmendia E.

y. Santiago del Estero s, cobro ejeentivo de pesos" Exp. G., N" 163) de los que resulta:

Que a fs. 8 se presenta don Urbano Díaz de Vivar, apoderado de los actores, y expone:

Que la Municipalidad de la Capital de la Provincia de Santiago del Estero dispuso en la ordenanza N° 18 — 5 de agosto de 1932 — la pavimentación de las enlles del municipio, trabajo éste que fué adjudiendo a su mandante, que lo ejecutó, y obtuvo la recepción definitiva de la obra. El pago de la parte de la misma a cargo de la Municipalidad se convino se haría en seis años en euotas trimestrales, con el 8 de interés, n cuyo efecto se gravó con impuesto de tres ecntavos el litro de nafta, afectándose el 50 de las patentes de rodados para cubrir el excedente a satisfacerse de rentas generales.

Que con la adhesión de la Provincia al régimen de la ley nacional N" 11.658 — que impide los gravámenes locales a la nafta — se hizo necesario afectar al pago del crédito del actor el 50 del impuesto a los tabacos — ley N°? 1210 — euyo producido total la ley N° 1291 dispuso se emplenra con tal objeto, sin perjuicio de completarse en su caso de rentas generales, las cuotas a enrgo de la Municipalidad, Que dictada la ley nacional N° 12,139, ante la imposibilidad de la subsistencia de impuestos internos estaduales, la Provincia de Santingo del Estero por ley N" 1239, sc hizo eargo de los pagos que correspondían

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:339 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-339

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