Carmelo Cribioli no había sido dado de baja por inutilidad física ni por otra de las causales enumeradas en la ley sino por excedente, rechazó el pedido fiscal y declaró subsistente el derecho reconocido a Alberto Natalio Cribioli, sentencia que fué confirmada por la Cámara Federal,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 11 de 1938.
Y vistos: Los antecedentes del presente caso informan que el hermano mellizo del interesado se incorporó a prestar el servicio militar y fué posteriormente dado de baja por excedente.
Que cualesquiera que fueran las razones que mediaron al adoptarse ese temperamento, lo cierto es que no se le exceptuó del servicio por algunas de las causales establecidas en el art. 63 de la ley N" 4707 y que, en consecuencia, subsiste el derecho reconocido al ciudadano Alberto Natalio Cribioli por sentencia de fs. 8 vta.
Por ello se confirma la sentencia de fs. 19 en cuanto ha podido ser materia de recurso. Notifíquese y devuélvanse.
Rosento Rererro — AsTonIO Sacanxa — B. A. Nazan
ANCHORENA,
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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:162
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