DicramEN DEL Procunavor GENERAL Suprema Corte:
La sentencia definitiva de Fs. 302 vta. declara la incompetencia de la justicia local parn conocer en la demanda, Como es obvio, tal resolución no admite revisión en el recurso extraordinario del artículo 14 de la ley 48, toda vez que no deniega derecho alguno de carácter federal.
El recurso de nulidad, por razones de enrácter procesal, interpuesto contra dicha sentencia (fs. 306) ha sido desestimado por motivos que tampoco podría revisar V. E. En consecuencia, el recurso acordado a fs.
402 resulta improcedente, y así corresponde declararlo.
— Buenos Aires, mayo 14 de 1938, — Juan Alvarez.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 6 de 1938.
Y Vistos: Los autos seguidos por don Luis M. de la Fuente contra los Ferrocarriles del Estado sobre cobro de pesos, venidos por el recurso extraordinario interpuesto a fs. 401 y concedido a fs. 402 con respecto a la sentencia dictada por el Superior Tribunal de La Rioja a fs. 302 vta., que declara la incompetencia de la justicia provincial para entender en este juicio; y Considerando :
1 Que el 8 de mayo de 1918, don Héctor M. de la Fuente como apoderado de don Luis M. de la Fuente, se presentó ante el Juez Federal de La Rioja manifestando que su mandante había comprado a una firma de la Capital Federal diversas maquinarias para la insta
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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:138
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