ocurrir ante los jueces locales y, subsidiariamente, ante la Corte Suprema por medio del recurso extraordinario, Juicio: De Simone Luis v. Provincia de San Juan s. enbro de pesos, Caso: Resulta de las piezas siguientes:
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
El señor Luis de Simone efectuó algunas ventas de mereaneías a la Provincia de San Juan, y algún tiempo después fué condenado administrativamente por el P. E. provincial a pagar, con multa, la patente que, según se afirmó, habría correspondido a ese género de actividades. Pendiente ante los tribunales loenles el respectivo juicio de apremio, De Simone ha entablado demanda de repetición ante V. E. y se disente si procede la jurisdicción originaria de la Corte.
Cabría observar, en primer término, que el reelamante no ha pagado totalmente lo que se le cobraba.
El expediente de apremio, enya remisión solicité a fs.25, revela que De Simone era aereedor del gobierno de San Juan por veintiocho mil doscientos pesos moneda nacional, procedentes del suministro de "trescientos cajones de gelatina en el año 1935, y el Fisco provincial sólo pudo compensar esa denda hasta la suma de pesos 16.000 (fs. 39 vta., 62 vta., 67 y 6$ vta). Con arreglo a la reiterada jurisprudencia de V. E. en ningún causo correspondería, entonces, la intervención de la Corte respecto de las sumas no pagadas aún por el señor De Simone, En Jo referente a los 16.000 pesos aludidos, tampoco encuentro justifieado que el enso eniga hajo la
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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:88
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