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Fallos: 180:406 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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del valor de la propiedad afectada o sea ensi tres años de la renta de la misma.

A Juicio: - Antille Armando G. v. Provincia de Santa Fe, 5. repetición.

Caso: Resulta de las piezas siguientes;
DICTAMEN DEL ProCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La jurisdicción originaria de V. E. emerge, en este caso, de haberse demandado a la Provincia de Santa Fe por cobro de pesos, so color de ser violatorias de la Constitución Nacional, ciertas disposiciones de una ley provincial.

El actor, propietario de un campo distante cinco a ocho kilómetros del camino pavimentado que une Santa Fe con Son Justo, quedaba obligado a pagar por dicha ley en concepto de contribución a dicho pavimento sumas que en total equivaldrían a dieciocho pesos por hectárea. Sostiene que ese gravamen es inconstitucional, por gravar solamente a unos pocos propbietarios, en beneficio de la colectividad, y resultar udemás confisentoria, atento el monto de las sumas exigidas, Respecto de lo primero, he tenido ocasión de hacer notar a V. E, en reiterados dictámenes, que a mi entender no vicia de inconstitucionalidad un impuesto o tasa, la ciremstancia de que reenign sobre cierta parte de la eolectividad, aunque corresponda al precio de obras que beneficiaran a todos, Carece, pues, de objeto, reproducir una vez más los argumentos que hice valer entonces, máxime cuando V. E. tiene adop

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:406 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-406

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