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Fallos: 180:357 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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deral y local de la Capital, y era vendido en el Palacio de | Justicia de esa ciudad.

Juicio: Giménez Carlos.

Caso: Resulta de las piezas siguientes; |
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

No se disente en este conflicto de jurisdieción trabada entre el Juez Federal de la Capital de la Nación y el Juez local en lo correccional de la misma Capital, la prelación que al primero le acuerda el art. 38 del Código de Procedimientos en lo Criminal para juzgar en primer tórmino a Carlos Giménez, acusado por el delito de desaento a magistrados de la justicia federal y local de la referida capital, Lo que el Juez Correccional sostiene es su jurisdicción para conocer en la causa por considerar que el delito imputado es de orden común, bajo todos sus aspeetos, aun del que se refiere al lugar donde aparece cometido.

No resulta así, sin embargo, en mi opinión.

Se trata de la publicación y venta de un folleto que, bajo el título "Está a despueho", contiene expresiones injuriosas para los magistrados preindicados. Tal delito aparece reprimido por el art. 224 del Código Penal.

El mismo Juez Correccional establece que la venta de tales folletos fué hecha en el propio Palacio de Justicia (fs, 5, incidente sobre declinatoria) donde según él, el Gobierno Nacional no ejerce jurisdicción absoluta y exclusiva, Por de pronto, en el mismo tiene su asiento la Corte Suprema de Justicia de la Nación y demás tribunales E

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:357 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-357

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