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Fallos: 180:349 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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DICTAMEN DE AsESOR LETRADO DE LA CAJA NACIONAL DE
JUBILACIONES BANCARIAS
Señor Presidente: " Según el precedente informe y de la copia in extenso remitida, el Banco de la Provineia de Buenos Aires instituyó uma Caja de Acumulación, Subsidios y Pensiones en beneficio del personal del Baneo referido, que tenía los siguientes propósitos :

1) Formar un fondo de acumulación que represente un ahorro en enso de retiro de los empleados, en relación con el tiempo de sus servicios; 2") _ Acordar una pensión a los empleados que habiendo prestado 25 años de servicios sin intereupeión al establecimiento tengan 55 años de edad: 3) Acordar un auxilio en enso de inenpacidad de los empleados para el trabajo; 49) Proporcionar un socorro en enso de faHlecimiento a la familia del emplendo extinto (art. 1).

Los recursos principales de la Caja estaban constituidos art. 29) con el 3 que se descontaba mensualmente de sus sueldos a todos los empleados del Baneo y con el 7 sobre el importe de los sueldos del personal eon que contribuía mensualmente el establecimiento.

Los heneficios acordados eran. independientemente de hacer préstamos a los emplendos hasta el importe de tres me- , ses de sueldo, y con interés (art. 5 ine, 49) la jubilación Cart.

11) para los emplendos que con 25 años de servicios en el establevimiento tuvieran 55 años de edad; el subsidio por ineapacidad (art, 19) acordado nl empleado que se inenpacitare para el trabajo sin perinicio de los fondos que tnvieren acumulados: el socorro por fallecimiento (art, 20) acordado a los dendos de los empleados que fallecieren hallándose al servicio del RBaneo y a los ex-empeados jubilados que también fallezcan hallándose en gore de jubilación y finalmente la devolución del fondo de acumnlación, Juzgzo interesante transeribir dos disposiciones del reglamento respecto a este heneficio.

Art. 24. Los empleados que se retiren voluntariamente del servicio del establecimiento antes de 10 años, tendrán derecho a pereibir los haberes que le correspondan por descuento del 3 de sus sueldos con más el interés asignado a la Caja de Ahorro en el Baneo y después de los 10 años el 3 7 y un

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:349 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-349

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